Feriado Electoral por Segunda Vuelta: ¿Es Irrenunciable? – Diario Digital Los Lagos


​Comercio en malls y strip centers deberá cerrar desde las 21:00 horas del sábado 13 de diciembre. Dirección del Trabajo realizará fiscalizaciones a nivel nacional.

Hoy domingo 14 de diciembre se llevará a cabo la segunda vuelta presidencial entre Jeannette Jara y José Antonio Kast, jornada que, como en todo proceso electoral, estará marcada por un feriado legal con disposiciones laborales especiales para garantizar el derecho a sufragio.

​Una de las principales dudas que surge en torno a esta fecha es si se trata de un feriado irrenunciable, como lo son Año Nuevo o Navidad.

​¿El Feriado Electoral es Irrenunciable?

​Aunque la jornada implica un descanso obligatorio para ciertos sectores, el feriado legal por elecciones no es equivalente a un feriado irrenunciable para la mayoría del comercio, según aclara la normativa vigente.

​El objetivo principal de esta medida es asegurar el tiempo necesario para que los trabajadores puedan ejercer su derecho a voto sin restricciones laborales, permitiendo que algunos rubros continúen funcionando bajo ciertas condiciones.

​Restricciones Específicas para el Comercio

​Pese a que el feriado no es de carácter irrenunciable general, sí existen restricciones estrictas para el comercio, especialmente para aquellos que se encuentran en complejos cerrados:

  • Cierre Obligatorio: Deberán permanecer cerrados los supermercados y el comercio en general que funcionen al interior de recintos administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, tales como malls, strip centers y centros comerciales.
  • Horario de Cierre: Estos establecimientos deben cerrar sus puertas a más tardar a las 21:00 horas del sábado 13 de diciembre, y no podrán reabrir hasta las 06:00 horas del lunes 15 de diciembre.
  • Permiso Laboral: Los trabajadores que deban prestar servicios en los rubros exceptuados deben recibir obligatoriamente el tiempo necesario para sufragar.

​Fiscalización y Sanciones

​La Dirección del Trabajo (DT) informó que intensificará las fiscalizaciones a nivel nacional para verificar el correcto cumplimiento del feriado legal y de las obligaciones laborales asociadas.

​Las empresas que infrinjan la normativa, por ejemplo, no respetando el cierre obligatorio donde corresponde, se exponen a multas que pueden oscilar entre 5 y 20 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) por cada trabajador afectado, dependiendo del tamaño de la empresa.

Manuel Velásquez, es el Director de Diario Digital Los Lagos



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